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abril  29, 2024

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Situación económica – Propuestas institucionales

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Situación económica – Propuestas institucionales 

Por Julio A. J. Carrillo 

Dado que para que pueda solucionarse la situación política actual, se requiere una acción colectiva en base a metas compartidas, las instituciones son fundamentales, ya que son reglas de juego. Las instituciones que se proponen en esta entrega lo son mediante normas institucionales jurídicas. Así, inciden en el desempeño que le da forma diferencial a lo largo del tiempo, por lo que son sumamente importantes en momentos de crisis y transición de la Argentina.

 

Consecuentemente, la evolución futura está ligada con el devenir de las instituciones, que los colaboradores de este Suplemento proponen, mediante normas jurídicas que se basan en instrumental técnico, es decir, accionar económico de acuerdo con las circunstancias.

 

En esta entrega presentamos el artículo de Juan Catuogno titulado “Emprendedorismo y el Financiamiento Colectivo (Crowdfunding) Fiduciario”, quien comienza resaltando la promoción y el estímulo de la cultura y del emprendedor, quien debe tener iniciativa innovadora, pasión e impulso vital.

 

Extendiéndose sobre todos los requisitos que debe contar, entre los cuales resaltamos la capacidad de investigación, aporte de capital, alcanzando en cada caso la escala económica y sustentable que está en todo negocio. La cuestión instrumental en el mercado de capitales se traduce en las alternativas de financiamiento para nuevos negocios disponibles o vigentes. Creando una alternativa o forma de financiamiento de nuevos proyectos en el mercado de capitales.

 

En el mercado de capitales señala la innovación del contrato de fideicomiso, instituido por la Ley 24441. Trata los Fondos de Inversión Directa (FIDs), revisando las distintas formas que puede presentarse en la realidad, tanto en aquellos organizados con causa de fideicomisos financieros, con o sin oferta pública de sus valores fiduciarios, como los organizados con causa de fideicomisos no financieros.    

 

Reseña que en el III Congreso Argentino de Capitales se trató la nueva Ley de Mercado de Capitales, describiendo y resaltando la importancia de esta nueva modalidad de captación de recursos.

 

La modalidad de canalización colectiva de fondos denominada “crowdfunding” lleva a procurar crear en el mercado de capitales argentinos esta nueva alternativa. Esta modalidad de captación de fondos es denominada, como señaló precedentemente, “crowdfunding” o financiamiento colectivo, desarrollando su implementación y funcionamiento, pudiendo revestir la forma de sociedad anónima.

 

Por último, la Comisión Nacional de Valores (CNV), de conformidad con la nueva Ley de Mercado de Capitales, tiene facultades para dictar la normativa necesaria. Propone se autoricen Portales de Internet para la colocación y oferta de los valores fiduciarios, a los que debería poder acceder el público. Debiendo de señalarse la inversión de riesgo.

 

Concluyendo que el momento actual es oportuno para aprovechar invirtiéndolo en trabajar para tratar de crear y llevar al interior del sistema de mercado una nueva generación de fideicomisos mediante Portales de Internet, con una estructura jurídica confiable y transparente, al servicio de la oferta al público.

 

Eduardo Conesa nos aporta un trabajo sobre “La división de poderes frente al verdadero poder: el de nombrar y de destituir”, agregando que están las bases para crear un servicio civil fundado en el mérito como antídoto contra la corrupción.

 

En la búsqueda de un servicio civil para nuestro país, recorre los distintos países, con una cita de Montesquieu en su libro “El espíritu de las leyes”, de 1748, enlazándolo con nuestra Constitución, mediante el acuerdo del Senado para el nombramiento de los jueces y su destitución por el procedimiento del juicio político. Agregando en el artículo 16 para el nombramiento de los ciudadanos en la Administración Pública, que el de la “idoneidad”.

 

Continúa con la limitación de poderes del sistema inglés, y la dicotomía de Estados Unidos entre el nombramiento de jueces y de funcionarios. Revisando el sistema del servicio civil en Alemania, Francia y Japón, análisis todos estos realizados con fundamentos  y referencias al funcionamiento en ese sentido de dichos países.

 

Siguiendo a Max Weber en su obra “Economía y Sociedad”, capítulo 9, Sociología del Estado, manifiesta que el sistema de Derecho Civil de mérito y la carrera de funcionario de por vida ha sido adoptado por todos los países desarrollados. De acuerdo a este autor señala que el funcionarismo moderno está constituido por un cuerpo de trabajadores altamente calificados y capacitados por medio de un entrenamiento especializado, basado en la integridad, sin el cual llegaría a afectarse el funcionamiento puramente técnico del aparato estatal, mencionando ocho ventajas que tienen los países desarrollados. A cuya lectura remitimos para poder pasar después al caso del servicio civil el en Estado Argentino.

 

Recuerda que en 2007 con la intervención del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, INDEC, ante la problemática de la inflación, en lugar de atacar la causa del problema y su raíz, decidió intervenir al INDEC, cesanteando funcionarios.

 

Los políticos deberían tener la obligación de escuchar la opinión de los funcionarios sobre las políticas de Estado a largo plazo, de los cuales los funcionarios de carrera son custodios. Los políticos deben prevalecer, pero en los temas gravitantes deben escuchar previamente las opiniones para evaluar los costos y beneficios para el país mediante las medidas propuestas.

 

La Constitución Argentina en su artículo 16 nos da una guía que fue ratificada por fallos de nuestra Corte Suprema sobre el Empleo Público y su estabilidad, debiendo designarlo en base a su condición de idoneidad, y de que, si de su conducta se trata, medien razones justificadas para el cese. Acompañándose un proyecto de ley tendiente a solucionar los problemas que en ese sentido afectan a nuestro país.

 

En las opiniones que publicamos en este Suplemento comenzamos por la de Guillermo Castaño, que se plantea en forma de un interrogante: “¿Es el precio del dólar o es la inflación?” Esta presentación está dirigida a la gente que no tiene una formación académica o científica, pero también resulta interesante para los lectores de este Suplemento, dado que encara la temática inflacionaria en la Argentina, comenzando por los últimos cincuenta años y los grados de severidad de la misma.

 

Con respecto a las causas de la alta inflación, marca el exacerbado incremento del gasto público, solventado por emisión monetaria o deuda pública. Cronológicamente señala el año 2000, en que según las encuestas no aceptaríamos gobiernos que tomaran medidas que nos devolvieran la inflación. La realidad mostró que se aceptó una megadevaluación en el 2002, con tasa de inflación superior al 25%, congelándose por decreto los servicios.

 

Derivando en un crecimiento con cierta estabilidad hasta el año 2007, en que se alteraron los índices de inflación del INDEC, descendiendo los superávits gemelos fiscal y de balanza de pagos. Así se llegó al nivel actual de inflación, que las consultoras privadas y organismos oficiales estiman incontrolable.

 

Luego de analizar las distintas variables económicas, concluye que la economía argentina actualmente se encuentra en estanflación, vale decir, recesión con inflación, no habiendo forma de que el país recupere la senda del crecimiento, si no se encara frontalmente la batalla contra el altísimo nivel inflacionario, pero generando ingresos sostenibles, bajando el gasto público, exportando y reconstruyendo la confianza interna e internacional, base de la inversión, con productividad.

 

Luis Barry nos presenta su opinión sobre “La verdadera motivación de la modificación a la Ley de Abastecimiento”, tema éste que se encuentra sometido al debate parlamentario, y que fue sancionado en el año 1974, y no constituye la primera norma de este tipo ensayada en nuestro país. La actual Ley de Abastecimientos ya contiene la facultad de fijar precios máximos, con control de producción, límites de ganancias e inversiones, interviniendo en todos los estamentos de la economía, con un régimen represivo sumamente gravoso.

 

Aquí se pregunta ¿qué es lo que realmente se pretende con esta modificación? Los sectores ligados a la producción se han manifestado abierta y coincidentemente en contra. Pero lo que se pretende es simular cuál es la verdadera intención del proyecto, es decir revivir la Ley de Abastecimientos sin pagar el costo político que exige la normativa actual.

 

Desde 1991 la Ley de Abastecimiento se encuentra suspendida, salvo el art. 2° inciso C. Siendo la doctrina mayoritaria que para dejar sin efecto esta suspensión se requiere que el Congreso de la Nación dicte una declaración de emergencia de abastecimiento.

 

Al estar suspendida prácticamente en su totalidad, el gobierno ha sido declamativo, imponiéndose de hecho mediante los llamados acuerdos.

 

Mediante una derogación general de toda otra norma que se oponga o condicione el ejercicio de las facultades establecidas, se deja sin efecto la suspensión del art. 19, existente desde 1991, encontrándose para tomar las medidas que considere sobre abastecimiento con un fuero judicial que revise sus decisiones.

 

Historia diversos casos de Argentina, como así también el accionar del gobierno venezolano, propugnando nos sólo que se rechace el proyecto de modificación de la Ley de Abastecimiento, sino que propone se derogue de una vez y para siempre esa norma.

 

En la sección de eventos realizados presentamos el lanzamiento del Área de Educación Legal Ejecutiva de la Universidad Torcuato Di Tella, que tuvo lugar el miércoles 13 de agosto en el Campus Alcorta. El encuentro contó con la participación de Ernesto Schargrodsky (rector de la UTDT) y la exposición de Eduardo Baistrocchi (decano académico de la Escuela de Derecho de la UTDT), Iván Reidel (director del área de Educación Legal Ejecutiva de la UTDT) y Cristian Abritta (secretario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

 

El miércoles 27 de agosto, a las 18.30 horas, el Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales, CARI, presentó el libro “Política exterior al fin del mundo. Argentina, Brasil y Chile en el tiempo democrático (1983-2010)” de Patricio Carmody, publicado por el CARI. Los comentarios estuvieron a cargo de Federico Merke, Fernando Straface, Martín Dinatale y el autor.

 

La Cámara Argentina de Comercio, junto con la Americas Society, Council of the Americas (AS/COA), realizó la Conferencia “Consejo de las Américas”, el Jueves 28 de agosto de 2014 en el Alvear Palace Hotel, que contó con la presencia de casi mil personas, incluyendo funcionarios del Gobierno nacional, referentes de la oposición y empresarios. El evento reunió a figuras como Jorge Capitanich, Jefe de Gabinete de Ministros; Axel Kicillof, Ministro de Economía; Débora Giorgi, Ministra de Industria de la Nación; Mauricio Macri, Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Daniel Scioli, Gobernador de la Provincia de Buenos Aires; y Ernesto Sanz, Senador Nacional por la Provincia de Mendoza (Frente Amplio UNEN).

 

La Federación Interamericana de Abogados, FIA, Rama y Capítulo Argentino llevó a cabo un Almuerzo Académico  que giró alrededor de la temática “La Reforma Constitucional de 1994 y el Derecho Ambiental”, el martes 2 de septiembre de 2014. Contó con la presencia de importantes colegas y miembros de la Asociación: Cayetano Póvolo, Alejandro Acuña, Alejandro Lapadú, Nora Sacoski, Oscar Alberto Villar, Nancy Vivian Lerzundi, Gabriela Carissimo, Gustavo Perticaro, África Evans, M. Alejandra Gómez Almar, Guy Rosell, Martha Nercellas, Eduardo Oliva, Diego Póvolo, Javier Reigada, Lucía Spagnolo, Eduardo Favier Dubois, Nancy Anzoátegui y quien suscribe.

 

La Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires realizó las Jornadas de Cultura Jurídica Italiana, acerca de “El Derecho como Ciencia Práctica”, el jueves 4 de septiembre de 2014. La apertura estuvo a cargo del Académico Presidente Dr. Marcelo Urbano Salerno. Contó con la presentación del Dr. Daniel Alioto (Universidad Católica Argentina) y de los expositores Italianos, Catedrático Danilo Castellano (Universidad de Udine) y Catedrático Franco Todescan (Universidad de Padua). Se realizó el acto de incorporación del Profesor Mauro Ronco (Universidad de Padua) como Académico Correspondiente en Italia, quien disertó sobre “Derechos enloquecidos: ¿Una nueva forma de totalitarismo?”. Fue presentado por el Académico Dr. Alberto B. Bianchi.

 

El Centro de Estudios de la Nueva Economía de la Universidad de Belgrano realizó una Mesa redonda sobre Perspectivas económicas 2015/2020, el martes 9 de Septiembre de 2014. El evento contó con la presencia de Ricardo Delgado (Jefe de Asesores de Sergio Massa), Javier González Fraga (Economista UCR), Carlos Leyba (ex subsecretario de Programación y Coordinación Económica) y Mario Morando (Presidente Fundación Banco Ciudad). La coordinación estuvo a cargo de Víctor A. Beker, Director del Centro de Estudios de la Nueva Economía – UB.

 

La Academia Nacional de Ciencias Económicas y la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires llevaron a cabo un acto público conjunto el día 10 de setiembre a las 18:00. El evento está asociado a la conmemoración del Centenario de la Academia Nacional de Ciencias Económicas y en esta ocasión se trató el tema “Aspectos jurídicos y económicos de la creación de una moneda virtual en Argentina”. La académica Presidente de la ANCE, doctora Luisa Montuschi, abrió el acto y coordinó la mesa en que participaron el doctor Guillermo Laura, Presidente de la Fundación Metas Siglo XXI, el académico doctor Marcelo Urbano Salerno, Presidente de la ANCBA, y el académico doctor Adolfo Sturzenegger, Académico de Número de la ANCE. Al finalizar las exposiciones, el panel respondió preguntas de los asistentes.

 

 

 

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